PROTOCOLO DE ACTUACIÓN PARA LA PROTECCIÓN DE MENORES EN ESCUELAS DE ATLETISMO CLUB DE ATLETISMO PLAYAS DE CARTAYA.
Marco legal: Ley Orgánica 8/2021 de Protección Integral a la Infancia y la Adolescencia frente a la Violencia (LOPIVI).
1. INTRODUCCIÓN Y OBJETIVOS
Este documento establece las normas y procedimientos para garantizar que las escuelas de atletismo sean un entorno seguro, libre de violencia, abuso, negligencia o acoso. El objetivo es la prevención, detección precoz y actuación inmediata ante cualquier indicio de vulnerabilidad del menor.
2. ÁMBITO DE APLICACIÓN
Este protocolo es de obligado cumplimiento para:
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Personal técnico y entrenadores.
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Atletas menores de edad y sus tutores legales.
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Personal de mantenimiento y gestión de la instalación.
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Jueces y personal voluntario en competiciones.
3. MEDIDAS DE PREVENCIÓN Y ENTORNO SEGURO
3.1. Gestión de espacios y contacto físico
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Vestuarios: Queda prohibido el acceso de adultos a los vestuarios de menores, salvo casos de necesidad asistencial (menores de muy corta edad o discapacidad), en cuyo caso siempre accederán dos adultos o sus tutores legales.
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Contacto físico técnico: El atletismo podría requerir correcciones posturales. Estas deben ser:
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Siempre públicas y a la vista de otros.
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Explicadas verbalmente al atleta antes de proceder.
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Limitadas a lo estrictamente necesario para la ejecución técnica.
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Comunicación digital: Se prohíben las comunicaciones privadas (WhatsApp, RRSS) entre entrenadores y menores de forma individual. Toda comunicación será a través de grupos grupales supervisados o con los tutores legales.
3.2. Requisitos del personal
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Todo personal en contacto con menores deberá presentar obligatoriamente el Certificado Negativo de Delitos de Naturaleza Sexual.
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Designación de un delegado de protección, responsable de supervisar el cumplimiento de este protocolo.
4. CÓDIGO DE CONDUCTA PARA EL PERSONAL TÉCNICO
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Fomentar el respeto mutuo y la deportividad por encima del rendimiento.
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Evitar cualquier lenguaje degradante, gritos injustificados o sarcasmos.
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No permanecer a solas con un menor en zonas cerradas (oficinas, almacenes de material, gimnasios).
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Mantener una actitud vigilante ante posibles casos de acoso (bullying) entre los propios atletas.
5. PROCEDIMIENTO DE ACTUACIÓN ANTE INCIDENTES
En caso de sospecha o revelación de violencia, se seguirá la ruta crítica:
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Protección: Separar al menor de la situación de riesgo de forma inmediata.
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Escucha: Escuchar al menor de forma asertiva, sin emitir juicios y garantizando confidencialidad. No se debe realizar un interrogatorio detallado para evitar la revictimización.
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Comunicación interna Informar al Delegado de Protección en un plazo máximo de 24 horas.
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Notificación externa: * Si hay indicios de delito: Comunicación inmediata a Policía/Guardia Civil o Fiscalía de Menores.
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Si no hay delito, pero sí riesgo: Comunicación a Servicios Sociales.
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Apartamiento: Suspensión cautelar de funciones del presunto agresor si forma parte del staff, hasta que se resuelva la investigación.
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Nuestro delegado se pondrá en contacto contigo una vez sea recabada toda la información.


